Estimados les envío ley15107 modifica artículo 11 de la ley 11459 publicada en el boletín oficial el 4-01-2019 para la radiación de industrias, extiende el plazo de vigencia del certificado de aptitud ambiental a 4 años.
Establece un plazo de 12 meses a partir de la publicación para que los establecimientos industriales en funcionamiento, que no posean o haya vencido la vigencia del Certificado para iniciar la gestión para su obtención.
Establecerá el proceso de re-clasificación del nivel de complejidad ambiental que deberá cumplirse ante el supuesto de los cambios establecidos en el artículo 10, y, por otra parte, cómo se debe renovar el Certificado de Aptitud Ambiental, antes de que caduque la vigencia del mismo.
Ing, Juan Jose Parodi